Tras un año de ser solicitado por presidencia el Ministerio de Salud informó ayer a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) la aprobación del “Protocolo de atención clínica para el procedimiento médico vinculado con el artículo 121 del Código Penal: interrupción terapéutica del embarazo”.
El protocolo, conforme con lo estipulado en el Decreto Ejecutivo, estandariza la actuación en la red de servicios de salud de los diferentes profesionales (medicina gineco-obstétrica, perinatología, enfermería obstétrica y grupos de apoyo, entre otros) involucrados en la valoración de las mujeres en las que se considere que su vida o su salud estén en peligro, y que soliciten la interrupción terapéutica de su embarazo, por ellas mismas o por el médico tratante, de acuerdo con lo establecido en la norma técnica.
Puedes leer acá el protocolo
La solicitud activa la organización de un grupo de tres profesionales para estudiar el caso en particular y determinar si la interrupción terapéutica del embarazo es la única alternativa médica posible para resguardar la vida o la salud de la mujer.
El grupo de profesionales estará compuesto por dos especialistas gineco-obstetras más otro especialista en relación con la enfermedad presentada en la mujer solicitante. Si fuera necesario el grupo puede hacer alguna interconsulta con otros especialistas.
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